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El Limón es un pueblo y municipio de la Región Sierra de Amula del estado de Jalisco, México.
El Limón, llamado antes El Limón Viejo o Almolón y El Limón Nuevo, fue paraje de la vieja cordillera de Zapotlán a Autlán.
A la llegada de los conquistadores esta región pertenecía al cacicazgo de Amula; llamado después San Juan de Amula por los peninsulares.
En octubre de 1525, viniendo de Colima, se hospedó aquí el capitán Francisco Cortés de San Buenaventura, quien conquistó pacíficamente al poblado, dándoles tierras a los aborígenes para que formaran una comunidad. El rey de España les concedió el título de pueblo y grandes terrenos para una comunidad indígena. Desde 1526 estas tierras pertenecieron a la provincia de Martín Monje y Pedro Gómez, que tenía como cabecera a Tenamaxtlán, después se anexó a Autlán.
La Hacienda del Limón Viejo es muy antigua; hay constancia de que ya existía el 8 de febrero de 1728. Eran tierras de realengo que la Corona dio al peninsular Juan Vicente Rosales Mejía, los terrenos eran fértiles y con abundante agua. El primitivo casco de esta hacienda estaba en lo que ahora es el barrio de La Ciénega y se le conoce con el nombre de El Limón Viejo.
En diciembre de 1817 quedó despoblado El Limón Viejo. El 8 de enero de 1818 los hacendados, peones y rancheros se mudaron al Limón Nuevo, una estancia ganadera, en ese entonces, de la vieja hacienda. Se avecindaron en el citado lugar para beneficiarse con el camino real y los grandes manantiales de agua que había.
Los descendientes de Juan Vicente Rosales siguieron poseyendo estas tierras; en 1845, las rentaron por nueve años a Pedro J. L. May, vecino de San Juan de Amula.
Desde esas fechas hasta la formación de los ejidos de El Limón y La Ciénega, en 1922, fueron varios los propietarios de esas tierras.
Por decreto número 10, publicado el 31 de marzo de 1883, se erigió en comisaría política y judicial la congregación de El Limón, del municipio de Ejutla.
Por decreto número 762, publicado el 6 de abril de 1897, la comisaría de El Limón quedó segregada del municipio de Ejutla y pasó a formar parte del de Autlán. El 14 de diciembre de 1912, se publicó el decreto número 1528, en el cual se dispuso que la comisaría de El Limón pasara a pertenecer al municipio de El Grullo.
Finalmente, la comisaría de El Limón fue erigida en municipalidad según el decreto número 2069, publicado el 8 de junio de 1921 y ap robado seis días antes. La iniciativa se debió a algunos vecinos y al apoyo del diputado Rodrigo Camacho.
Pedro Zamora | General villista |
Crescencio Brambila García | Escritor |
Encarnación Santana | Agrarista |
Casildo Jiménez | Comisario |
Zacarías Olvera | Comisario |
1525 | Francisco Cortés de San Buenaventura conquista esta región. |
1818 | Se funda el poblado de El Limón Nuevo |
1883 | Marzo 31, La congregación de elLimón se erige en comisaría política y judicial. |
1921 | Junio 8- Por decreto del Congreso Estatal, la comisaría de El Limón se erige en municipalidad |
1921 | El primer presidente municipal de El Limón fue Don José María Michel González, quien obtuvo el cargo después de jugarlo a la suerte con Don Encarnación Santana, al resultar empatada la votación. |
Es un escudo de forma francesa, terciado en barra y cortado.
El maíz y la res representan las principales actividades económicas del municipio: agricultura y ganadería.
Los libros, la fachada del templo y el balón de fútbol, representan educación, religión y deporte, respectivamente. Aspectos que se fomentan entre los habitantes de El Limón y los distinguen en su región.
El mapa del municipio representa su territorio y sus principales poblaciones: El Limón (cabecera municipal), San Juan de Amula, La Ciénaga, San Miguel Hidalgo, El Palmar, San Roque, San Buenaventura y El Rodeo.
En el paisaje se destaca el relieve montañoso de esta región y el horizonte promisorio para El Limón, basado en la explotación de sus recursos.
En la bordura se lee el nombre oficial de la municipalidad: El Limón, Jalisco.
La tapa del limón que corona al escudo alude a la denominación del municipio, y entre sus gajos se inscribe el lema que lo distingue y que se inspira en las cualidades que le dan personalidad: Trabajo, Unión, Libertad, Progreso.
Este blasón resultó ganador en el concurso que se organizó en el municipio para obtener un escudo representativo de El Limón. El ganador de este certamen fue el diseño presentado por el profesor José Cervantes Ruiz.
La aprobación oficial del escudo ocurrió el 13 de diciembre de 1993.
El municipio de El Limón se localiza al sur del estado, en las coordenadas 19º 45' 00’' a los 19° 45' 05'' de latitud norte y de los 104° 01' 08'' a los 104º 12' 23'' de longitud oeste, a una altura de 800 metros sobre el nivel del mar.
Limita al norte con el municipio de Ejutla, al sur con Tuxcacuesco, al este con Tonaya; y al oeste con El Grullo.
Fuente: Los Municipios de Jalisco. Colección: Enciclopedia de los Municipios de México. Secretaría de Gobernación y Gobierno del Estado de Jalisco.1988
Su extensión geográfica es de 137.56 Km2
Geología.- El subsuelo del municipio pertenece al período Terciario, y se compone de caliza, rocas igneas extrusivas, riolita, andesita, basalto, toba y brecha volcánica.
Topografía.- La mayor parte del municipio está compuesto por zonas accidentadas con alturas de 1,100 a 1,700 metros sobre el nivel del mar, las zonas semiplanas son de menor proporción y tienen alturas entre los 900 y los 1, 100 metros; y un porcentaje muy bajo lo forman las tierras planas.
El clima del municipio se considera semiseco, con invierno y primavera secos, y semicálidos sin estación invernal definida. La temperatura media anual es de 24.8° C., y tiene una precipitación media anual de 887.3 milímetros con régimen de lluvias en los meses de junio, julio y agosto. Los vientos dominantes son en dirección variable con una intensidad constante.
Su principal corriente es el río Tuxcacuesco que cruza su territorio por el poniente; tiene además los arroyos permanentes El Salado y El Hondo y varios arroyos temporales como Las Piletas y El Grande. Cuenta con la “Presa de Luis”; con los ojos de agua San Roque, El Rodeo, El Carrizal, La Sanja y manantial Las Higueras; y con los ríos y arroyos conforman la cuenca hidrológica río Ameca, perteneciente a la región Pacífico Centro.
La composición del suelo corresponde a los de tipo regosol eútrico y litosol, como dominantes; y como asociado el de tipo feozem háplico.
La riqueza natural con que cuenta el municipio está representada por 2,400 hectáreas de bosque donde predominan especies de encino, pino, roble, tepame y huizache, principalmente.
Sus recursos minerales son yacimientos de: oro, plata, cobre, plomo, barita, piedra caliza y yeso.
La mayor parte del suelo tiene un uso agropecuario, y la tenencia de la tierra en su mayoría es de propiedad ejidal.
Extensión: Su extensión geográfica es de 137.56 kilómetros cuadrados.
La vegetación del municipio está compuesta por encino, pino, roble, tepame, nopal, huizache y palmar.
La fauna, se integra por especies como el venado, coyote, liebre, zorrillo, tejón, tlacuache, algunos reptiles y aves como codorniz y güilota.
De los cultivos locales destaca el cacahuate, caña de azúcar, frijol, garbanzo, maíz, melón, sandía, sorgo, ciruela, limón, mango, naranja y tamarindo.
Se cría principalmente ganado bovino de carne, leche y para trabajo; porcino, equino, aves de carne y postura; y colmenas.
La actividad referente a esta es la transformación de productos de primera necesidad.
La industria extractiva está representada por yacimientos de oro, plata y cobre; entre los no metálicos la piedra caliza.
Se explotan las especies de bagre, mojarra, carpa de Israel y lobina.
El municipio cuenta fundamentalmente con comercios que venden artículos de primera necesidad y comercios mixtos que venden artículos diversos en pequeña escala.
Año | Población Económicamente Activa | |
Personas | Porcentaje | |
1980 | 2,342 | 32.18 |
1990 | 1,489 | 22.86 |
2000 | 2,033 | 33.74 |
2010 | 2,056 | 37.39 |
Fuente:
INEGI. X Censo General de Población y Vivienda, 1980. Estado de Jalisco. México, 1984.
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001
INEGI. Censo de Población y Vivienda 2010, en http://www.inegi.org.mx(Abre en nueva ventana.)
Tasa de Participación Económica (%) | ||
1990 | 2000 | 2010 |
31.50 | 44.62 | 45.64 |
Fuente:
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001
INEGI: Censo de Población y Vivienda 2010, en http://www.inegi.org.mx(Abre en nueva ventana.)
Tasa de Participación Económica (%) | ||
1990 | 2000 | 2010 |
92.75 | 99.51 | 95.96 |
Fuente:
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx. México, 2001.
INEGI: Censo de Población y Vivienda 2010, en http://www.inegi.org.mx(Abre en nueva ventana.)
Sector primario | Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca | (1) |
Sector secundario(Industria) |
Extractiva Manufacturera Construcción Electricidad y agua |
(10) (5) (3) (9) |
Sector terciario(Servicios) |
Comercio Transporte y comunicaciones Turismo Administración pública Otros. |
(4) (7) (8) (6) (2) |
Fuente: INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
Sector primario | Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca | (1) |
Sector secundario (Industria) |
Extractiva Manufacturera Construcción Electricidad y agua |
(9) (4) (2) (8) |
Sector terciario (Servicios) |
Comercio Transporte y comunicaciones Turismo Administración pública Otros. |
(2) (7) (6) (5) (3) |
Fuente: INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001
División Ocupacional | Distribución Porcentual |
Comerciantes y trabajadores en servicios diversos | 39.44 |
Trabajadores en la industria | 27.64 |
Trabajadores en la industria | 16.31 |
Profesionistas, técnicos y administrativos | 16.10 |
No especificado | 0.51 |
Fuente: INEGI: Censo de Población y Vivienda 2010, en http://www.inegi.org.mx(Abre en nueva ventana.)
Nivel Educativo | Nº Escuelas | Nº Alumnos | Nº Grupos | Personal Docente |
Educación Especial | 1 | 57 | 1 | 4 |
Educación Inicial | 1 | 150 | 11 | 11 |
Preescolar | 7 | 274 | 22 | 17 |
Primaria | 11 | 615 | 54 | 36 |
Secundaria | 6 | 317 | 24 | 29 |
Fuente:Plan Municipal de Desarrollo El Limón, Jalisco, 2007-2009.
Concepto | Año | Población | Porcentaje en relación con la población total |
Alfabetas | 1980 | 3,637 | 49.97 |
1990 | 3,723 | 57.17 | |
1995* | 3,727 | 90.50 | |
2000* | 3,750 | 89.95 | |
2005* | 3,610** | 90.09 | |
2010* | 3,967 | 93.43 | |
Analfabetas | 1980 | 587 | 8.06 |
1990 | 485 | 7.44 | |
1995* | 385 | 9.34 | |
2000* | 415 | 9.95 | |
2005* | 395** | 9.86 | |
2010* | 265 | 6.24 |
*Porcentaje en relación con la población de 15 años y más
** Se refiere a la población de 15 años y más en condición para leer y escribir.
Fuente:
INEGI. X Censo General de Población y Vivienda, 1980. Estado de Jalisco. México, 1984.
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. Jalisco. Conteo de Población y Vivienda, 1995. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México, 1996.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001.
INEGI. Jalisco. II Conteo de Población y Vivienda, 2005. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Página web www.inegi.gob.mx México, 2006
INEGI. Censo de Población y Vivienda, 2010, en http://www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.)
Año | Población con primaria terminada | % respecto de la población alfabeta |
1990 | 942 | 25.30 |
2000 | 897 | 23.92 |
2010 | 803 | 20.24 |
Fuente:
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001
INEGI. Censo de Población y Vivienda, 2010, en http://www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.)
Nivel escolar | Escuelas | Alumnos | Profesores |
Educación Inicial | 0 | 0 | 0 |
Preescolar | 7 | 255 | 17 |
Primaria | 10 | 584 | 30 |
Secundaria | 6 | 243 | 30 |
Bachillerato | 1 | 197 | 14 |
Profesional Medio | 0 | 0 | 0 |
Educación Especial | 5 | 584 | 27 |
* La cuantificación de escuelas, está expresada mediante los turnos que ofrece un mismo plantel y no en términos de planta física.
Fuente: INEGI. Anuario Estadístico 2006, en http://www.coepo.jalisco.gob.mx(Abre en nueva ventana.)
La atención a la salud es prestada por la Secretaría de Salud Jalisco a través de un centro de salud en la cabecera, un centro mas en La Ciénega, una unidad auxiliar y 5 casas de salud rural distribuidas en sendas localidades del municipio; el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) atiende al 24.05% de la población, así como algunos médicos particulares.
Fuente:Plan Municipal de Desarrollo el Limón, Jalisco, 2007-2009.
El área de bienestar social es atendida por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) a través del Comité Municipal.
Unidades Médicas en Servicio* | |
Consulta Externa | 5 |
Hospitalización General | 0 |
Hospitalización General | 0 |
* De las Instituciones Públicas del Sector Salud
Fuente: INEGI. Anuario Estadístico 2006, en http://www.coepo.jalisco.gob.mx(Abre en nueva ventana.)
Concepto | % con respecto al total de la población del municipio | |
Población derechohabiente | 2,823 | 52.18 |
Población no derechohabiente | 2,500 | 46.21 |
Fuente: INEGI. Jalisco. II Conteo de Población y Vivienda, 2005. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Página web www.inegi.gob.mx México, 2006
Concepto | % con respecto al total de la población del municipio | |
Población derechohabiente | 3,921 | 71.30 |
Fuente: INEGI. Censo de Población y Vivienda, 2010, en http://www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.)
En lo referente a servicios de abasto al consumo popular, esta necesidad es cubierta por 80 tiendas de abarrotes que venden alimentos y bebidas, 22 carnicerías y 14 establecimientos que venden alimentos preparados (fondas y restaurantes).
Centros deportivos que tienen en su conjunto instalaciones adecuadas para la práctica de diversos deportes como fútbol, basquetbol, voleibol, atletismo y juegos infantiles.
Respecto a cultura y recreación, cuenta con una infraestructura dotada de plaza cívica, parques, jardines, casa de la cultura, auditorio municipal, biblioteca, centros recreativos. Cuenta, además, con plaza de toros y lienzo charro.
El municipio cuenta con un total de 1920 viviendas particulares habitadas con un promedio de 3.48 ocupantes por vivienda. Cuenta en su mayoría con los servicios de agua entubada y energía eléctrica y en menor proporción con drenaje. El tipo de construcción predomina con teja en los techos y adobe o ladrillo en los muros.
Viviendas | Número de viviendas | Porcentaje en total de viviendas | ||||||||
1990 | 1995 | 2000 | 2005 | 2010 | 1990 | 1995 | 2000 | 2005 | 2010 | |
Viviendas totales | 1,633 | 1,585 | 1,728 | 1,629 | 1,732 | |||||
Con agua entubada | 1,461 | 1,505 | 1,597 | 1,565 | 1,674 | 89.46 | 94.9 | 92.42 | 96.07 | 96.65 |
Con agua entubada y drenaje | 1,046 | 1,478 | 1,499 | 1,484 | 1,694 | 64.05 | 93.2 | 86.75 | 91.10 | 97.81 |
Con energía eléctrica | 1,548 | 1,536 | 1,650 | 1,590 | 1,714 | 94.79 | 96.9 | 95.49 | 97.61 | 98.96 |
Fuente:
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. Jalisco. Conteo de Población y Vivienda, 1995. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México, 1996.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001.
INEGI. Jalisco. II Conteo de Población y Vivienda, 2005. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Página web www.inegi.gob.mx México, 2006
INEGI. Censo de Población y Vivienda, 2010, en http://www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.)
El municipio ofrece a sus habitantes los servicios de agua potable, alcantarillado, alumbrado público, rastro, cementerio, vialidad, aseo público, seguridad pública, parques y jardines y centros deportivos.
En lo que concierne a servicios básicos la cobertura para el año 2000 presentaba los siguientes porcentajes: el 96.7% de los habitantes disponían de agua potable; en alcantarillado la cobertura era del 92.1% y en el servicio de energía eléctrica el 97.2%.
Correos | Telégrafos | |
Administraciones | 1 | Oficinas 0 |
Sucursales | 0 | |
Agencias | 5 | |
Expendios | 2 | |
Instituciones Públicas | 0 | |
Otras | 1 |
Fuente: INEGI. Anuario Estadístico 2006, en http://www.coepo.jalisco.gob.mx(Abre en nueva ventana.)
La transportación terrestre se puede efectuar por la carretera Guadalajara- Barra de Navidad- El Grullo- El Limón. Cuenta con una red de caminos revestidos, de terracería y brecha que comunican las localidades. La transportación foránea se lleva a cabo en autobuses directos y de paso. La transportación urbana y rural se realiza en vehículos de alquiler y particulares.
Año | Población indígena | % en el municipio | Principal lengua indígena |
1995 | 11 | 0.18 | Insuficientemente Especificado |
2000 | 10 | 0.17 | No especificado Maya |
2005 | 27 | 0.50 | Lenguas mixtecas |
2010 | 27 | 0.49 | s. d. |
Fuente:
INEGI. Jalisco. Conteo de Población y Vivienda, 1995. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México, 1996.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx. México, 2001.
INEGI. Jalisco. II Conteo de Población y Vivienda, 2005. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Página web www.inegi.gob.mx México, 2006
INEGI. Censo de Población y Vivienda, 2010, en http://www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.)
Periodo | Porcentaje |
1970 – 1980 | 0.09 % |
1980 – 1990 | -1.10 % |
1990 - 1995 | -1.7 % |
1990 - 2000 | - 0.8 % |
2005 - 2010 | 0.35 % |
Fuente:
INEGI. X Censo General de Población y Vivienda, 1980. Estado de Jalisco. México, 1984.
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. Jalisco. Conteo de Población y Vivienda, 1995. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México, 1996.
INEGI. Aspectos Sociodemográficos de Jalisco. Indicadores de la población, 2000. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001
COEPO. Análisis Sociodemográfico por Región. Consejo Estatal de Población 2011, en http://coepo.jalisco.gob.mx(Abre en nueva ventana.)
Años | Incremento +/Decremento - | Incremento relativo |
1980 – 1990 | -765 | -10.51% |
1990 – 1995 | -538 | -8.26% |
1995 - 2000 | 52 | 0.87 % |
2000 - 2005 | - 616 | - 10.22% |
2005 - 2010 | 89 | 1.60% |
Fuente:
INEGI. X Censo General de Población y Vivienda, 1980. Estado de Jalisco. México, 1984.
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. Jalisco. Conteo de Población y Vivienda, 1995. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México, 1996.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001.
INEGI. Jalisco. II Conteo de Población y Vivienda, 2005. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Página web www.inegi.gob.mx México, 2006
INEGI. Censo de Población y Vivienda, 2010, en http://www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.)
Fuerte Expulsión |
1980 | Población | Porcentaje | ||
Sexo | Cantidad | Respecto al estado | Respecto al país | |
Hombre | 3,628 | 0.17 | 0.011 | |
Mujer | 3,649 | 0.16 | 0.011 | |
Total | 7,277 | 0.16 | 0.01 |
1990 | Población | Porcentaje | ||
Sexo | Cantidad | Respecto al estado | Respecto al país | |
Hombre | 3,166 | 0.12 | 0.008 | |
Mujer | 3,346 | 0.12 | 0.008 | |
Total | 6,512 | 0.12 | 0.008 |
1995 | Población | Porcentaje | ||
Sexo | Cantidad | Respecto al estado | Respecto al país | |
Hombre | 2,963 | 0.10 | 0.006 | |
Mujer | 3,011 | 0.09 | 0.006 | |
Total | 5,974 | 0.09 | 0.006 |
2000 | Población | Porcentaje | ||
Sexo | Cantidad | Respecto al estado | Respecto al país | |
Hombre | 2,996 | 0.10 | 0.006 | |
Mujer | 3,030 | 0.09 | 0.006 | |
Total | 6,026 | 0.10 | 0.006 |
2005 | Población | Porcentaje | ||
Sexo | Cantidad | Respecto al estado | Respecto al país | |
Hombre | 2,646 | 0.08 | 0.005 | |
Mujer | 2,764 | 0.08 | 0.005 | |
Total | 5,410 | 0.08 | 0.005 |
2010 | Población | Porcentaje | ||
Sexo | Cantidad | Respecto al estado | Respecto al país | |
Hombre | 2,752 | 0.08 | 0.005 | |
Mujer | 2,747 | 0.07 | 0.007 | |
Total | 5,499 | 0.07 | 0.007 |
Fuente:
INEGI. X Censo General de Población y Vivienda, 1980. Estado de Jalisco. México, 1984.
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. Jalisco. Conteo de Población y Vivienda, 1995. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México, 1996.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001.
INEGI. Jalisco. II Conteo de Población y Vivienda, 2005. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Página web www.inegi.gob.mx México, 2006
INEGI. Censo de Población y Vivienda, 2010, http://www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.)
Grupos de Edad | Habitantes | |||||
1980 | 1990 | 1995 | 2000 | 2005 | 2010 | |
De 0 a 14 años | 3,015 | 2,283 | 1,845 | 1,703 | 1,348 | 1,233 |
De 15 a 64 años | 3,683 | 3,516 | 3,377 | 3,375 | 3,166 | 3,301 |
Mayores de 65 años | 541 | 702 | 741 | 794 | 841 | 945 |
No especificado | 38 | 11 | 11 | 154 | 55 | s. d. |
Fuente:
INEGI. X Censo General de Población y Vivienda, 1980. Estado de Jalisco. México, 1984.
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. Jalisco. Conteo de Población y Vivienda, 1995. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México, 1996.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001.
INEGI. Jalisco. II Conteo de Población y Vivienda, 2005. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Página web www.inegi.gob.mx México, 2006
INEGI. Análisis Sociodemográfico por Región. Consejo Estatal de Población 2011, en http://coepo.jalisco.gob.mx
Año | Habitantes por km2 |
1980 | 52.90 |
1990 | 47.33 |
1995 | 43.42 |
2000 | 43.81 |
2005 | 39.33 |
2010 | 39.98 |
Fuente:
INEGI. X Censo General de Población y Vivienda, 1980. Estado de Jalisco. México, 1984.
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. Jalisco. Conteo de Población y Vivienda, 1995. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México, 1996.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001.
INEGI. Jalisco. II Conteo de Población y Vivienda, 2005. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Página web www.inegi.gob.mx México, 2006
INEGI. Censo de Población y Vivienda, 2010, en http://www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.)
Año | Porcentaje de población | |
Urbana | Rural | |
1980 | 47.65 | 52.34 |
1990 | 48.21 | 51.78 |
1995 | 53.85 | 46.14 |
2000 | 52.22 | 47.77 |
2005 | 54.81 | 45.19 |
2010 | 56.40 | 43.60 |
Fuente:
INEGI. X Censo General de Población y Vivienda, 1980. Estado de Jalisco. México, 1984.
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. Jalisco. Conteo de Población y Vivienda, 1995. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México, 1996.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001.
INEGI. Jalisco. II Conteo de Población y Vivienda, 2005. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Página web www.inegi.gob.mx México, 2006
INEGI. Censo de Población y Vivienda, 2010, en http://www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.)
Bajo |
Fuente: CEDEMUN. Secretaría de Gobernación. Sistema Nacional de Información Municipal. 2002
Localidades de(rango de habitantes) | Número | Porcentaje respecto al total de la población | |
Localidades | Habitantes | ||
1 a 99 | 4 | 167 | 2.56 |
100 a 499 | 2 | 809 | 12.42 |
500 a 999 | 2 | 1,166 | 17.90 |
1,000 a 1,999 | 1 | 1,230 | 18.88 |
2,000 a 2,499 | |||
2,500 a 4,999 | 1 | 3,140 | 48.21 |
5,000 a 9,999 | |||
10,000 a 14,999 | |||
15,000 a 19,999 | |||
20,000 a 49,999 | |||
50,000 a 99,999 | |||
100,000 a 499,999 | |||
500,000 a 999,999 | |||
1 Millón y más |
Fuente: INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
Localidades de(rango de habitantes) | Número | Porcentaje respecto al total de la población | |
Localidades | Habitantes | ||
1 a 99 | 2 | 69 | 1.1 |
100 a 499 | 3 | 1,062 | 17.7 |
500 a 999 | 1 | 568 | 9.5 |
1,000 a 1,999 | 1 | 1,058 | 17.7 |
2,000 a 2,499 | |||
2,500 a 4,999 | 1 | 3,217 | 53.8 |
5,000 a 9,999 | |||
10,000 a 14,999 | |||
15,000 a 19,999 | |||
20,000 a 49,999 | |||
50,000 a 99,999 | |||
100,000 a 499,999 | |||
500,000 a 999,999 | |||
1 Millón y más |
Fuente: INEGI. Jalisco. Conteo de Población y Vivienda, 1995. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México, 1996
Localidades de(rango de habitantes) | Número | Porcentaje respecto al total de la población | |
Localidades | Habitantes | ||
1 a 99 | 8 | 115 | 1.91 |
100 a 499 | 2 | 598 | 9.92 |
500 a 999 | 2 | 1,121 | 18.60 |
1,000 a 1,999 | 1 | 1,045 | 17.34 |
2,000 a 2,499 | |||
2,500 a 4,999 | 1 | 3,147 | 52.22 |
5,000 a 9,999 | |||
10,000 a 14,999 | |||
15,000 a 19,999 | |||
20,000 a 49,999 | |||
50,000 a 99,999 | |||
100,000 a 499,999 | |||
500,000 a 999,999 | |||
1 Millón y más |
Fuente: INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001.
Localidades de:(Rango de habitantes) | Número | Porcentaje respecto al total de la población | |
Localidades | Habitantes | ||
1 a 99 | 5 | 69 | 1.27 |
100 a 499 | 4 | 1,368 | 25.29 |
500 a 999 | |||
1,000 a 1,999 | 1 | 1,008 | 18.63 |
2,000 a 2,499 | |||
2,500 a 4,999 | 1 | 2,965 | 54.81 |
5,000 a 9,999 | |||
10,000 a 14,999 | |||
15,000 a 19,999 | |||
20,000 a 49,999 | |||
50,000 a 99,999 | |||
100,000 a 499,999 | |||
500,000 a 999,999 | |||
1 Millón y más |
Fuente: INEGI. Jalisco. II Conteo de Población y Vivienda, 2005. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Página web www.inegi.gob.mx México, 2006
Localidades de:(Rango de habitantes) | Número | Porcentaje respecto al total de la población | |
Localidades | Habitantes | ||
1 a 249 | 7 | 446 | 8.11 |
250 a 499 | 2 | 919 | 16.71 |
500 a 999 | |||
1,000 a 2,499 | 1 | 1,032 | 18.27 |
2,500 a 4,999 | 1 | 3,102 | 56.41 |
5,000 a 9,999 | |||
10,000 a 14,999 | |||
15,000 a 29,999 | |||
30,000 a 49,999 | |||
50,000 a 99,999 | |||
100,000 a 249,999 | |||
250,000 a 499,999 | |||
500,000 a 999,999 | |||
1 Millón y más |
Fuente: INEGI. Censo de Población y Vivienda, 2010, en http://www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.)
Año | Habitantes | Porcentaje respecto a la población del municipio |
1980 | 3,468 | 47.65 |
1990 | 3,140 | 48.21 |
1995 | 3,217 | 53.85 |
2000 | 3,147 | 52.22 |
2010 | 3,102 | 56.41 |
Fuente:
INEGI. X Censo General de Población y Vivienda, 1980. Estado de Jalisco. México, 1984.
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. Jalisco. Conteo de Población y Vivienda, 1995. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México, 1996.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Principales Resultados por Localidad. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx. México, 2002
INEGI. Censo de Población y Vivienda, 2010, en http://www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.)
Entre la población de 5 años y más de edad de este municipio predomina la religión católica la cual es profesada por la mayoría de la población (95.78%); en menor proporción se encuentran Testigos de Jehová, creyentes de doctrinas evangélicas y protestantes (2.36%). Asimismo el 1.05% de los habitantes manifestaron no practicar religión alguna.
Fuente: Centro Estatal de Estudios Municipales. Perfiles 2012-2015
El Templo Parroquial de San Juan, data del siglo XIX. La Hacienda del Realito.
Busto en honor a Francisco I. Madero ubicado en la plaza principal.
Monumento dedicado a La Madre, también se encuentra en la plaza principal.
Esculturas
La Imagen de la Purísima, esculpida en 1907 por Delfino Valencia y situada en el templo parroquial.
Pintura
Diversos cuadros ubicados en el Templo Parroquial de San Juan de Amula.
La elaboración de juegos pirotécnicos, principalmente los llamados “castillos".
Se tiene por trajes típicos calzón y camisa de manta con ceñidor, para el hombre y para la mujer, el vestido de “Adelita”.
Alimentos: Diversos platillos preparados con lobina, carpa y tilapia, todo tipo de antojitos mexicanos y cachaza.
Bebidas: Mezcal, ponche, tequila y atole.
Del 30 de diciembre al 8 de enero se festejan los aniversarios de la fundación de El Limón y de la bendición del Templo Parroquial. Los festejos incluyen serenatas, quema de castillo, instalación de juegos mecánicos, puestos de vendimias y terrazas. También se celebra palenque y corridas de toros.
Del 30 de noviembre al 12 de diciembre se celebran las fiestas religiosas en honor a la Inmaculada Concepción que es la patrona del poblado desde 1818.
En el mes de junio, del 1° al 16, se celebran las fiestas religiosas del Sagrado Corazón.
Las fiestas patronales se celebran con novenario, cohetes, repiques de campanas y recorrido de música por las calles. Llegan al poblado peregrinaciones de los alrededores acompañadas con música, flores y cohetes.
El Jueves y Viernes Santo se escenifica la última cena; la aprehensión de nuestro señor Jesucristo y el Viacrucis viviente, siendo esta ceremonia de renombre en la región.
En el municipio se puede admirar la Parroquia de San Juan, hacienda del Realito; bosques naturales localizados en la parte norte del municipio, cerro del Narigón, cerro de La Capilla y cerro de Las Tareas; así como el arroyo de Las Piletas, manantial Las Higueras y presa de Luis.
La caracterización del municipio mexicano tiene su fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 115; que lo define como la base de la división territorial y de la Organización Política y Administrativa de los Estados.
La estructura del Municipio Libre entonces se marca en el citado texto constitucional en base a:
El principio de Soberanía de los Estados enmarcado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 40, 41 primer párrafo y 133, otorga a las Entidades Federativas la potestad para desarrollar, bajo la base constitucional, la legislación sobre la cual se desenvuelve la vida institucional y competencias del municipio libre como orden de Gobierno.
La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Jalisco, Título Primero, Capítulo II “Del territorio del Estado”, refiere que los municipios son aquellos señalados en la Ley que establece las bases generales de la administración pública municipal.
La Ley del Gobierno y la Administración Pública del Estado de Jalisco vigente desde el 22 de mayo de 2001, en el Título de Disposiciones Generales, señala que los municipios pueden determinar la constitución de Delegaciones Municipales, fijando requisitos que en los centros de población se deben cumplir en cuanto a la cantidad de habitantes (2,500), escuela primaria en funciones, disposición de terreno e infraestructura para la prestación de los servicios y que sea solicitado al Ayuntamiento por las dos terceras partes de su población; dejando la facultad del municipio de constituir Agencias Municipales para los demás centros de población.
Nombre | Población (Año / habitantes) | ||||
1990 | 1995 | 2000 | 2005 | 2010 | |
Cabecera Municipal: El Limón | 3,140 | 3,217 | 3,147 | 2,965 | 3,102 |
La Ciénega | 1,230 | 1,058 | 1,045 | 1,008 | 1,032 |
San Juan de Amula | 654 | 568 | 588 | 488 | 473 |
San Miguel Hidalgo | 512 | 465 | 533 | 423 | 446 |
El Palmar de San Antonio | 473 | 381 | 358 | 265 | 234 |
Fuente:
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. Jalisco. Conteo de Población y Vivienda, 1995. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México, 1996.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Principales Resultados por Localidad. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2002
INEGI. Jalisco. II Conteo de Población y Vivienda 2005, Resultados por Localidad, Página Web: www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) , México, 2007
Consejo Estatal de Población 2010, en http://www.coepo.jalisco.gob.mx
La Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco establece en su artículo 3º “: “Cada municipio es gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, Las competencias municipales deben ser ejercidas de manera exclusiva por el Ayuntamiento y no habrá ninguna autoridad intermedia entre éste y el Gobierno del Estado.”
En Jalisco los Ayuntamientos se integran por un Presidente Municipal, Regidores y un Síndico electos popularmente cada 3 años, según los principios de mayoría relativa y representación proporcional, en el número, las bases y los términos que señale la ley de la materia.
Estos principios y bases se encuentran en el Código Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco, vigente desde el 6 de agosto de 2008, donde se reconoce a todos los integrantes del ayuntamiento el carácter de munícipes, regidores o ediles.
Este cuerpo normativo señala en el artículo 29 las bases a las que se sujeta la integración de regidores de mayoría relativa y de representación proporcional para cada Ayuntamiento dividiendo a los municipios según su número de habitantes en 4 categorías; 50,000 o menos, hasta 100,000, hasta 500,000 y municipios con población mayor de esa última cifra; ordenando la aplicación de criterios de equidad de género en la integración de las planillas—de no mas de 5 regidores de un solo sexo en planillas de 7 integrantes, hasta no mas de 9 regidores de un mismo sexo en planillas de 13—y fijando un máximo de regidores de representación proporcional—desde 4 hasta 8—.
Con base en estas disposiciones, la integración, en términos cuantitativos, del Ayuntamiento que está en funciones en El Limón en el período 2012-2015, es la siguiente:
Número de Regidores de Mayoría Relativa (incluye al Presidente y al Síndico Municipal): 7 (PRD)
Número de Regidores de Representación Proporcional: 4 (2 del PRI y 2 del PAN)
Para el cumplimiento y observancia de sus competencias y funciones, el Ayuntamiento debe funcionar en comisiones permanentes o transitorias, con funciones de estudio, vigilancia y atención de los asuntos, mismas que en ningún caso tendrán funciones ejecutivas, según lo establece la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco—artículos 27 y 28—. El número de comisiones, sus características, funciones y facultades son libremente determinados por el Ayuntamiento mediante reglamento y son integradas con al menos 2 regidores.
En los Ayuntamientos que tienen quince ediles o más, las comisiones permanentes siempre son colegiadas.
En el marco de la reforma al artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 1999, el municipio en México se transforma de una organización que administra a un ente que desarrolla sus funciones públicas como un orden de Gobierno, esto se expresa en la facultad para crear, extinguir o modificar las dependencias y entidades que integran la administración centralizada y paramunicipal con los que se manifiesta como autoridad ante los gobernados, atribución delimitada únicamente por la capacidad presupuestal y las necesidades de cada municipio, como lo precisa el artículo 60 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.
A efecto de describir la estructura orgánica funcional de la Administración Pública Municipal, la Ley en la materia del Estado de Jalisco resulta ser una base para establecer una estructura institucional básica; dicho ejercicio transita por la revisión de las responsabilidades que se desprenden de las obligaciones de los ayuntamientos señaladas en su artículo 37, como:
En ese orden, la Ley señala en su Título Tercero “De las autoridades municipales”, figurando en primer lugar las obligaciones y facultades del Presidente Municipal (Artículos 47 y 48), de los regidores (artículos 49 y 50), para enseguida enlistar las figuras de autoridad siguientes:
El artículo 52 enlista entre sus principales obligaciones acatar las ordenes del Ayuntamiento, representar al Municipio en los contratos que celebre y en todo acto en que el Ayuntamiento ordene su intervención, ajustándose a las órdenes, e instrucciones que en cada caso reciba así como representar al Municipio, previa aprobación del Ayuntamiento, en todas las controversias o litigios en que éste sea parte; y entre sus facultades (artículo 53) refiere, entre otras, la de asistir a las visitas de inspección que se hagan a la oficina de la Hacienda Municipal e informar a la sociedad sus actividades.
El artículo 55 alude que en los municipios debe haber por lo menos un juez municipal, correspondiendo al Ayuntamiento determinar en sus reglamentos, el número de jueces municipales, así como la forma de organización y funcionamiento de los servidores públicos que los auxilien, atendiendo a las necesidades de la población y a las posibilidades de su presupuesto. Las atribuciones de un juez municipal se señalan en el artículo 58:
I. Conocer, calificar e imponer las sanciones administrativas municipales que procedan por faltas o infracciones a los ordenamientos municipales, excepto las de carácter fiscal;
II. Conciliar a los vecinos de su adscripción en los conflictos que no sean constitutivos de delito, ni de la competencia de los órganos judiciales o de otras autoridades;
III. Llevar un libro de actuaciones y dar cuenta al Ayuntamiento del desempeño de sus funciones; y
Incluido en el mismo Título Tercero de la Ley en trato, el Capítulo V ubica esta figura dentro de la categoría de servidores públicos auxiliares del Ayuntamiento, puntualizando los requisitos para asumir el cargo entre los que se mencionan la escolaridad de bachillerato en municipios integrados hasta por 14 regidores y contar con título profesional, sin especificar el área o profesión, para Ayuntamientos con mayor número de regidores.
Entre sus facultades está formular las actas del Ayuntamiento y expedir copias, constancias, credenciales y demás certificaciones que le sean legalmente requeridas. Cabe señalar que esta función puede recaer en el Síndico previa aprobación por mayoría absoluta del Ayuntamiento.
Para este ramo de la Administración la Ley establece similares requisitos a los del Encargado de la Secretaría, acotando para el caso de Ayuntamientos con mas de 14 regidores, el acreditar experiencia o conocimientos en la materia y tener título en las áreas económico administrativas; este servidor público es responsable ante el Ayuntamiento del manejo de todos los valores a su cuidado, teniendo entre sus principales funciones el verificar la recaudación, el buen orden y debida comprobación de las cuentas de ingresos y de egresos; el envío al Congreso del Estado de las cuentas detalladas de los movimientos de fondos y aplicar los gastos, de acuerdo con el Presupuesto de Egresos aprobado por el Ayuntamiento.
Cabe señalar que para hacer efectivas las contribuciones, sanciones pecuniarias y demás arbitrios, la oficina encargada de la Hacienda Municipal es la única dependencia autorizada para ejercer la facultad económico-coactiva en los términos de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco.
La Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal establece en su artículo 15 la facultad del Ayuntamiento de nombrar al titular del Órgano de Control Interno—generalmente referido como contraloría—a cuyo cargo está la aplicación de las sanciones en materia de responsabilidad administrativa a los servidores públicos reguladas en los artículos 106 y 107 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, Título Quinto, Capítulo III de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco.
La Ley en cita refiere en su Título Sexto “De los Servicios Públicos Municipales”, que en cada municipio debe existir la policía preventiva municipal bajo el mando del Presidente Municipal, quedando hasta esta mención las Unidades Funcionales que como tal se expresan en la Ley. Es importante destacar que el resto de la estructura organizacional suele de tomar su denominación de la propia de las funciones y servicios públicos municipales a la libre determinación de los Ayuntamientos, situación que resulta aplicable a la luz de lo dispuesto en el Titulo Séptimo “De la organización y participación ciudadana y vecinal” que especifica las atribuciones del Ayuntamiento en la materia.
En esa misma tesitura se tiene el Título Octavo “De la Planeación del Desarrollo Municipal” que refiere a los comités de planeación para el desarrollo municipal como organismos auxiliares de los ayuntamientos, en la planeación y programación del desarrollo municipal; resaltando que cada Ayuntamiento determinará se estos comités forman parte de la administración pública municipal o funcionan exclusivamente como órganos de consulta ciudadana.
Finalmente el Título Undécimo “De los actos y procedimientos administrativos” señala que los ayuntamientos instituirán al funcionario, dependencia u órgano municipal con autonomía y definitividad en sus resoluciones, encargado de radicar y resolver las inconformidades planteadas por virtud de los actos administrativos emitidos por las autoridades municipales que los administrados consideren hayan afectado su interés jurídico.
En este orden la creación de organismos públicos descentralizados municipales es una facultad de los Ayuntamientos que de igual forma descansa en la mayor eficiencia en la prestación de servicios a la población y la disponibilidad presupuestaria, requiriéndose el voto favorable de la mayoría calificada de los integrantes del Ayuntamiento; acotando el artículo 60 que su existencia se dará de conformidad a lo establecido en los ordenamientos municipales y en las disposiciones legales federales y estatales aplicables en la materia. En el Estado de Jalisco las áreas de asistencia social (DIF Municipal), atención a las mujeres y a la juventud son las funciones que funcionan bajo esta modalidad de la administración.
Con el fin de que las acciones del ayuntamiento lleguen a todo el territorio municipal, los gobiernos locales habrán de realizarlas a través de autoridades auxiliares, las cuales actuarán en cada localidad como representantes administrativos y políticos del ayuntamiento.
Para el caso de Jalisco, esta responsabilidad recae en las figuras de los delegados y agentes municipales.
La designación de delegados y agentes municipales en los poblados que no sean cabecera de municipio es una facultad que la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal otorga a los Ayuntamientos (artículos 8 y 9).
La Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal, en su Título Primero Capítulo II, determina que los delegados municipales deben ser designados por el Ayuntamiento y removidos por éste mismo con causa justificada, previo respeto de su derecho de audiencia y defensa.
Asimismo instruye al Ayuntamiento para reglamentar el procedimiento de designación de los delegados, sus requisitos, obligaciones y facultades.
Por lo que toca a los agentes municipales, el artículo 9 de la citada ley establece que éstos deben ser nombrados por el Ayuntamiento a propuesta del Presidente Municipal, y removidos por el Ayuntamiento por causa justificada.
Y, al igual que en el caso de los delegados, el Ayuntamiento deberá reglamentar los requisitos para ser agente municipal, así como sus obligaciones y facultades.
El referido capítulo de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal faculta al Ayuntamiento para constituir delegaciones y agencias municipales en los centros de población que integran su territorio. Para el caso de las delegaciones se deberán observar bases mínimas de población, territorio e infraestructura urbana que se especifican en el artículo 7 numerales I a VI. Mientras que para las agencias municipales, éstas podrán constituirse si en Ayuntamiento lo considera necesario.
En el municipio de El Limón, se cuenta con delegaciones municipales en los poblados de San Juan de Amula y La Ciénega. Asimismo se cuenta con agencias municipales en las localidades de El Palmar, San Buenaventura, El Rodeo, San Roque y San Miguel Hidalgo.
El municipio de El Limón está integrado en el Distrito Electoral 18 de la distritación Federal y de la Local.
Reglamento de Policía y Buen Gobierno |
Reglamento sobre Venta y Consumo de bebidas Alcohólicas en el Municipio |
Reglamento de Construcción |
Fuente:
Centro Estatal de Estudios Municipales. Concentrado de Reglamentos Municipales, 2001-2003.
Centro Estatal de Estudios Municipales. Concentrado de Reglamentos Municipales, 2012-2015
Elías Michel Zamora | 983-1985 |
Moisés Zamora Cuevas | 986-1988 |
Ernesto Michel Rodríguez | 989-1992 |
Joel Rico Piña | 992-1995 |
Daniel Ramírez Sánchez | 995-1997 |
David Michel Camarena | 998-2000 |
Narciso Michel Zamora | 2001-2002 |
José Guadalupe Corona Chávez | 2002-2003 |
Daniel Ramírez Sánchez | 2004-2006 |
Jaime Hernández Camacho | 2007-2009 |
José Guadalupe Corona Chávez | 2010-2012 |
Abel Torres Zepeda | 2012-2015 |
Roberto Durán Michel | 2015-2018 |
Secretaría General de Gobierno
Subsecretaría de Gobierno para Asuntos del Interior
Dirección General de Desarrollo Municipal
Centro Estatal de Estudios Municipales de Jalisco
H. Ayuntamiento de El Limón, Jalisco, 1998-2000
Fotografía del H. Ayuntamiento de El Limón, Jalisco 1998-2000
Número de emergencia
Denuncia escolar