Es una entidad pública descentralizada del poder ejecutivo del estado, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Es promotor del desarrollo y ejecutor de acciones en la operación, supervisión y control del servicio del transporte público. Es agente de transformación y obtención de resultados y el responsable del desarrollo de los sistemas y sus partes. (*Artículo 34 de la Ley de los Servicios de Vialidad, Tránsito y Transporte) Ver detalles