La Secretaría de Promoción Económica, se encarga de promover el desarrollo económico sostenido, generando un contexto propicio para la competitividad e innovación en los sectores productivos, mediante el impulso de la inversión e infraestructura, así como una nueva cultura empresarial, potenciando la diversidad y vocación de cada región en condiciones de sustentabilidad para beneficio de las familias jaliscienses.
Visión
Ser una dependencia de referente nacional, que contribuye para que Jalisco sea un estado innovador y competitivo, atractivo para las actividades económicas generadoras de riqueza y empleo.
Misión
La Secretaría de Promoción Económica, se encarga de promover el desarrollo económico sostenido, generando un contexto propicio para la competitividad e innovación en los sectores productivos, mediante el impulso de la inversión e infraestructura, así como una nueva cultura empresarial, potenciando la diversidad y vocación de cada región en condiciones de sustentabilidad para beneficio de las familias jaliscienses.
Objetivos
La Secretaría de Promoción Económica es la dependencia facultada para promover, conducir, coordinar y fomentar el desarrollo del Estado su planeación y financiamiento, particularmente del desarrollo industrial y comercial, el abasto y las exportaciones de la entidad. Cuenta al efecto con las siguientes atribuciones:
I. Formular, dirigir, coordinar y controlar, en los términos de las leyes de la materia, la ejecución de las políticas y programas del Estado, relativas al fomento de las actividades industriales, mineras, comerciales, de abastos y de las exportaciones;
II. Ocuparse, en coordinación con las autoridades competentes, de la gestión del financiamiento al desarrollo del Estado;
III. Formular, coordinadamente con las autoridades respectivas, el Plan Estatal y los planes regionales y sectoriales de desarrollo, los programas estatales de inversión, y aquellos de carácter especial que fije el Gobernador del Estado;
IV. Participar en el establecimiento de la coordinación de los programas de desarrollo socioeconómico del Gobierno del Estado, con los de la Administración Pública Federal y los de los municipios de la entidad;
V. Promover la participación de los sectores social y privado del Estado en la formulación de planes y programas de desarrollo socioeconómico, considerando a la propiedad social como uno de los medios para fomentar el desarrollo productivo;
VI. Promover el desarrollo regional, la descentralización y el desarrollo armónico de la entidad;
VII. Asesorar técnicamente a los organismos públicos, a las dependencias del Ejecutivo y a los sectores sociales y productivos, en materia de desarrollo industrial, comercial y de abasto; VIII. Apoyar los programas de investigación tecnológica industrial y fomentar su divulgación;
IX. Difundir las actividades industriales y comerciales, a través de ferias, exposiciones, convenciones y demás eventos promocionales;
X. Promover, fomentar y participar, en su caso, en la creación de parques, corredores y ciudades industriales en el Estado, así como evaluar los proyectos que se formulen, utilizando indicadores que muestren su factibilidad económica y social y aseguren el cumplimiento de las disposiciones en materia de impacto ambiental y de riesgo para la población;
XI. Elaborar, en coordinación con las Secretarías de Desarrollo Rural, de Medio Ambiente para el Desarrollo Sustentable y de Turismo, los programas de desarrollo de la agroindustria, silvicultura, piscicultura, turismo y otras actividades productivas, en el Estado;
XII. Ejercer, por acuerdo del Gobernador del Estado, las atribuciones y funciones que en materia industrial, comercial y de abasto, contengan los convenios celebrados con la Administración Pública Federal;
XIII. Promover y apoyar el desarrollo del comercio exterior;
XIV. Promover y fomentar, en los términos de las leyes de la materia, la inversión nacional y la extranjera, las coinversiones y la instalación de empresas dedicadas a la producción compartida multinacional, de conformidad con las disposiciones de la materia;
XV. Participar, en coordinación con las autoridades competentes, en la planeación y programación de las obras e inversiones públicas del Estado, tendientes a promover la industria, el comercio y la explotación sustentable de los recursos minerales del Estado; y
XVI. Las demás que le señalen las leyes y reglamentos vigentes en el Estado.
Atribuciones