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Resumen Curriculum

Formación Académica. 1974- 1979  Estudios de Licenciatura en Ciencias de la Comunicación en la Universidad del Valle de Atemajac; titulación con modalidad de créditos de postgrado. 1975-1980 Estudios de licenciatura en Psicología en la universidad de Guadalajara; titulación por créditos de maestría. 1988-1990. Estudios de Maestro en Letras Españolas e Hispanoamericanas en la Universidad de Guadalajara; tesis: “Íntimas noticias de Boedo” Lenguaje y Vanguardia en dos novelas del escritor argentino Roberto Arlt. 2000-2006 Estudios de doctorado en la Universidad Nacional  Autónoma de México, Facultad de Filosofía y Letras, Instituto de Investigaciones Estéticas. Título de la tesis: “Maneras de Calificar un cuadro”, La crítica y la Historia del Arte en Jalisco 1856-1898. A

 

Funciones principales

El presidente es electo por el Consejo y cuyo encargo durará tres años, pudiendo ser ratificado por un periodo igual.

Para la elección del Presidente del Consejo, deberá seguirse el siguiente procedimiento:

Los consejeros elegirán de entre ellos mismos y mediante el voto de las dos terceras partes de los consejeros presentes, a quien consideren tiene el perfil y la aptitud necesarias para ocupar el cargo de Presidente. 

Si realizada una primera ronda de votación nadie obtiene la mayoría requerida, se realizará una segunda ronda, y si en esta ocasión ningún consejero obtiene las dos terceras partes de la votación, ocupará el cargo aquel que haya obtenido la mayoría simple de los votos.

 

Para la ratificación del Presidente deberá seguirse el procedimiento antes descrito.

 

Igual procedimiento se seguirá para la elección de presidente interino del Consejo, ante la renuncia del titular. El Presidente interino completará el periodo de tres años subsecuentes a su interinato.

 

Atribuciones y obligaciones

 

Representar al Consejo ante cualquier autoridad u organismo, federal, estatal o municipal, personas jurídicas o físicas, con todas las facultades que corresponden a los apoderados para pleitos y cobranzas, así como actos de administración.

Los actos de dominio los podrá ejercer previo acuerdo del Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría y conforme a los trámites que corresponda.

Otorgar y revocar poderes generales o especiales.

Celebrar toda clase de contratos y convenios para el cumplimiento de los objetivos del Consejo, previa autorización de los Consejeros, a efecto de iniciar los trámites correspondientes, conforme lo establece la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus Reglamentos.

Proponer ante el Consejo a la persona que habrá de fungir como Secretario Ejecutivo, así como su remoción.

Presidir las sesiones del Consejo y tener voto de calidad en caso de empate.

Cumplir y hacer cumplir los acuerdos que tome el Consejo.

Proponer y someter a la consideración del Consejo, el Programa Anual de Trabajo.

Evaluar y controlar el desarrollo del Programa y el de trabajo, y en su caso, proponer las medidas correctivas que correspondan, ante el Consejo o la Secretaría.

Proponer a la Secretaría el Proyecto de Presupuesto de Egresos aprobado por el Consejo, dentro del término que le fije aquella.

Poner a disposición de la Contraloría del Estado, la información que requiera para el control y vigilancia del Consejo.

Proponer al Consejo y a la Secretaría los programas de financiamiento que permitan cumplir con los objetivos del organismo.

Auxiliarse del personal de la Secretaría, que le sea comisionado.

Solicitar a la Secretaría la creación de plazas que sean necesarias para el buen despacho y funcionamiento de la Presidencia, así como de la Secretaría Ejecutiva del Consejo.

Delegar funciones al personal que la Secretaría le autorice.

Convocar a sesiones ordinarias o extraordinarias.

Elaborar el Orden del día que deberá seguirse en las sesiones del Consejo.

Rendir un informe anual de trabajo ante los Consejeros y dar cuenta del mismo al Ejecutivo del Estado y a la Secretaría.

Las demás que la Ley y otros Reglamentos establezcan.

 

 

 

 

 

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Dr. Juan Arturo Camacho Becerra


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