Logotipo de la dependencia
Contáctanos
Correo

 

Titular

 

 

Resumen Curriculum

.

 

Funciones principales

I. Ejercer la fe pública registral;
II. Coordinar las actividades de la Institución;
III. Preservar y conservar bajo su más estricta responsabilidad el acervo documental y electrónico que contenga los instrumentos, documentos y avisos propios de la actividad registral.
IV. Vigilar el funcionamiento y exacto cumplimiento de las obligaciones de los demás servidores públicos encargados de realizar la función registral en el Estado;
V. Ordenar y efectuar visitas de trabajo a las oficinas registrales regionales, para cerciorarse de sus necesidades y del buen funcionamiento del servicio;
VI. Ordenar la reposición o restauración, en su caso, de libros, documentos y sistemas deteriorados, destruidos o extraviados, de acuerdo con las constancias existentes en la Institución y las que proporcionen las autoridades, los notarios públicos o los interesados;
VII. Rendir a la Secretaría General de Gobierno, por lo menos una vez al año y cuando se le requiera, el informe del estado que guarde la Institución;
VIII. Proponer a la Secretaría General de Gobierno los nombramientos, ascensos y remociones del personal de la Institución, con arreglo a los procedimientos administrativos de selección, valuación y escalafón establecidos en la Ley;
IX. Suscribir conjuntamente con el Director Jurídico los contratos de acceso al sistema de información a que se refiere la Ley;
X. Representar legalmente a la institución con carácter de apoderado general judicial en los términos del artículo 2207 del Código y con facultades para pleitos, cobranzas y administración y para otorgar poderes o mandatos, a los abogados que a nombre de la Dirección General actúen en los litigios de cualquier naturaleza jurídica en los cuales sea parte;
XI. Comunicar al Secretario General de Gobierno cualquier hecho que pudiere dar motivo a responsabilidad administrativa de los servidores públicos de la dependencia, a efecto de que se proceda a instaurar los procedimientos legales correspondientes;
XII. Designar sólo de entre los funcionarios con fe pública registral establecidos en la Ley, a quien provisionalmente supla las ausencias temporales de los registradores en los casos previstos por la ley;
XIII. Procurar aprovisionar a la dependencia de los elementos técnicos que puedan aprovecharse para el óptimo ejercicio de la función registral; y
XIV. Las demás que le otorguen esta Ley, su Reglamento y en general la legislación aplicable en la materia.
 

 

 

 

 

Teléfonos: 01 (33) Tel: (33) 3819-2460, (33) 3819-2461 Ext. 42460.
Dirección: Avenida Prolongación Alcalde Número 1855 Primer Piso, Colonia Miraflores C.P. 44270, Guadalajara, Jalisco, México
Ver mapa de ubicación
Horario: 9:00 a 15:00 hrs.
Correo electrónico: rppc@jalisco.gob.mx


Lic. Efrén Flores Ledesma
Director General del Registro Público de la Propiedad y Comercio de Jalisco

  • Teléfono: 38192460, Ext. 42438 y 47371
  • Dirección: Av. Prolongación Alcalde No. 1855, Primer Piso C.P. 44270
  • Colonia: Miraflores
  • Correo: efren.flores@jalisco.gob.mx
  • Horario: De 8:00 a 16:00 hrs.